No hay un plazo único
Un concurso sencillo de una empresa pequeña que liquida puede resolverse en meses. Uno de una empresa con actividad, plantilla, inmuebles y acreedores peleando puede durar años. La diferencia no está en el juzgado: está en cuántos frentes se abren dentro.
Lo que sí tiene plazos cortos y rígidos es el principio. Desde que se publica en el BOE la declaración del concurso, los acreedores tienen un mes para comunicar sus créditos, y la administración concursal otro para presentar su informe. Quien se duerme ahí lo paga después: un crédito comunicado tarde puede quedar subordinado.
Las fases, por orden
- 1Solicitud y declaraciónSe presenta con la documentación contable y la lista de acreedores. El juzgado declara el concurso y nombra administración concursal.
- 2Comunicación de créditosCada acreedor comunica lo que se le debe y con qué documento. Cada uno indica la clasificación que pide: privilegiado, ordinario o subordinado. Quien la propone después, en su informe, es la administración concursal.
- 3Informe de la administración concursalEl inventario y la lista de acreedores. Es el documento que fija el mapa del concurso; se puede impugnar, y eso alarga.
- 4Convenio o liquidaciónO se acuerda pagar de otra manera, o se vende lo que hay y se reparte por el orden que marca la ley.
- 5Calificación y conclusiónSe examina si el concurso es fortuito o culpable y se cierra. En el culpable puede haber condena para administradores.
Los plazos que sí fija la ley
Hay plazos concretos al principio, y conviene tenerlos en el calendario.
El deudor tiene dos meses para solicitar el concurso desde que conoció, o debió conocer, su insolvencia actual. Ese plazo es anterior al concurso, pero es el que más consecuencias tiene después.
Declarado el concurso, se publica un extracto en el Boletín Oficial del Estado. Desde el día siguiente a esa publicación, los acreedores tienen un mes para comunicar sus créditos a la administración concursal.
La administración concursal presenta después su informe, con el inventario y la lista de acreedores, en un plazo legal que se cuenta desde que acepta el cargo y que el juez puede prorrogar. Contra ese informe caben impugnaciones en un plazo corto, de días.
A partir de ahí, lo que dura el concurso ya no lo marca un número en la ley, sino lo que haya que resolver: impugnaciones, ventas y calificación.
Qué lo alarga de verdad
Lo que dura en la práctica, según el caso
Un concurso sin masa, cuando no hay bienes ni para pagar el procedimiento, tiene una tramitación propia muy corta. Se declara, se publica y, si ningún acreedor pide que se nombre administración concursal para investigar, se cierra. Es lo más rápido que existe, aunque no lo más deseable.
El procedimiento especial para microempresas está diseñado para ir más deprisa que el concurso ordinario: tramitación electrónica, formularios y menos pasos.
Un concurso ordinario que liquida una empresa pequeña, sin inmuebles y sin pleitos, es más largo que esos dos, pero no tiene por qué eternizarse.
Y un concurso con actividad, plantilla, venta de unidad productiva, inmuebles con cargas y calificación discutida puede durar años. No por lentitud del juzgado, sino porque cada frente es un pleito con sus propios plazos.
Qué puede hacer la empresa para que no se alargue
Cuando el que espera es el acreedor
Si usted es acreedor, el tiempo del concurso le afecta de otra manera. Desde la declaración, los intereses de su crédito dejan de correr, salvo los de créditos con garantía real hasta donde alcance la garantía, y no puede iniciar ejecuciones por su cuenta contra el patrimonio del deudor.
Lo que sí está en su mano es comunicar el crédito bien y a tiempo, revisar la lista de acreedores cuando se presente y discutirla si hay algo mal. Lo explicamos paso a paso en cómo comunicar un crédito en un concurso.
Preguntas frecuentes
¿Puedo seguir facturando durante el concurso?
En un concurso con continuidad de la actividad, sí, con las facultades intervenidas o suspendidas según lo que acuerde el juzgado. No es lo mismo intervención que suspensión, y conviene saber en cuál se está.
¿Los embargos se paran?
La declaración de concurso tiene efectos sobre las ejecuciones, con reglas distintas según el tipo de crédito y de garantía. No es un «se para todo» automático.
¿Cuándo prescribe mi deuda si el deudor concursa?
El concurso afecta a los plazos. Si es acreedor, lo importante es comunicar el crédito en plazo y con su documentación.
¿Se puede salir de un concurso?
Sí: con convenio, cumpliéndolo, o pagando. También concluye por liquidación. El final no es siempre el cierre de la empresa.
Por dónde seguir
Lo que cuesta cada fase está en cuánto cuesta un concurso de acreedores. Si todavía hay margen, un plan de reestructuración evita el concurso, y lo primero es saber cuándo hay que solicitar el concurso para no llegar tarde.
Si quiere hacerse una idea de cuánto puede durar el suyo, escríbanos con el balance y la lista de acreedores, y le diremos qué frentes vemos abiertos.