Fortuito o culpable
Cuando el concurso acaba en liquidación, y en algunos casos de convenio, se abre la sección de calificación: la parte del procedimiento que examina cómo se llegó a la insolvencia. La pregunta es sencilla: ¿la causó o la agravó alguien con dolo o culpa grave?
Si la respuesta es no, el concurso es fortuito y no hay consecuencias personales para nadie. Si es sí, es culpable, y la sentencia señala a las personas afectadas: el deudor, sus administradores o liquidadores —de derecho y de hecho—, sus directores generales y quienes lo fueron en los dos años anteriores a la declaración del concurso. También puede alcanzar a quienes cooperaron como cómplices.
Además de los supuestos concretos que se ven abajo, la regla general es esa: cualquier conducta con dolo o culpa grave que haya generado o agravado la insolvencia. Para el administrador es la parte del concurso que más le toca en lo personal. Por eso se prepara desde antes de solicitar, no cuando ya se ha abierto la sección.
Cuándo es culpable en todo caso
Cuándo se presume culpable
Qué consecuencias tiene
La sentencia que califica el concurso como culpable puede traer, para las personas afectadas:
La inhabilitación para administrar bienes ajenos y para representar a cualquier persona durante un periodo de dos a quince años, según la gravedad de los hechos y el perjuicio causado.
La pérdida de los derechos que tuvieran como acreedores del concurso o de la masa. El administrador que prestó dinero a su empresa lo pierde.
La condena a devolver lo que hubieran obtenido indebidamente del patrimonio del deudor y a indemnizar los daños y perjuicios causados.
Y, cuando la sección se abre por la liquidación, la condena a cubrir, total o parcialmente, el déficit: la parte de los créditos que no se paga con lo liquidado. El juez puede imponerla en la medida en que la conducta que motivó la calificación generó o agravó la insolvencia. Es la consecuencia que convierte un problema de la empresa en un problema del patrimonio personal.
Cómo se tramita
La sección de calificación la impulsa la administración concursal, que presenta un informe razonado proponiendo si el concurso es fortuito o culpable y, si es culpable, a quién afecta. El Ministerio Fiscal emite también su dictamen, y otros interesados pueden intervenir en la forma que prevé la ley.
Si se propone la calificación como culpable, se sigue un procedimiento contradictorio: las personas afectadas pueden oponerse, aportar prueba y defenderse en un juicio dentro del propio concurso. Es un pleito con todas sus fases, y se gana o se pierde con documentos.
El administrador necesita aquí su propia defensa. Sus intereses ya no coinciden con los de la sociedad, y quien llevó la solicitud de concurso de la empresa no siempre es quien mejor puede defenderle a él.
Qué hacer antes, para que no llegue
Preguntas sobre el concurso culpable
¿Un concurso culpable es un delito?
No. La calificación se decide dentro del concurso y sus consecuencias no son penales. Otra cosa es que los mismos hechos puedan tener además relevancia penal, que se examina por su propia vía.
¿Responde el administrador de toda la deuda de la empresa?
No de forma automática. La condena a cubrir el déficit es posible cuando la calificación se abre por la liquidación, y el juez la fija en la medida en que la conducta generó o agravó la insolvencia.
¿Afecta a quien ya dejó el cargo?
Puede afectar a quien fue administrador dentro de los dos años anteriores a la declaración del concurso, y también al administrador de hecho.
¿Hay defensa si ya se pasó el plazo para solicitar?
La presunción admite prueba en contra. Cuanto antes se solicite y mejor se documente lo que pasó, más margen hay para defenderse.
¿Y si además avalé deudas de la empresa?
Son dos frentes distintos. El aval se le reclama como deudor; la calificación, como administrador. Si no puede pagar, su salida personal es la segunda oportunidad.
Por dónde seguir
El plazo que más pesa en la calificación está explicado en cuándo hay que solicitar el concurso. Si la empresa aún no ha llegado a la insolvencia actual, la comunicación de apertura de negociaciones y el plan de reestructuración son la mejor defensa que existe, porque sin concurso no hay calificación. Si el administrador avaló deudas de la sociedad, su salida personal es la segunda oportunidad. Y lo que supone el procedimiento en dinero está en cuánto cuesta un concurso de acreedores.
Si es administrador y quiere saber cómo está su posición antes de solicitar, escríbanos con las cuentas de los últimos ejercicios.
Fuera del concurso
El administrador también puede responder de las deudas de la sociedad sin que haya concurso, por ejemplo si no actúa ante una causa de disolución por pérdidas. Eso lo explica la web de responsabilidad de administradores del mismo despacho.